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jueves, 4 de julio de 2024
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Combustible: Precintan dispensadores de la Estación “Volcán” en La Paz por sobrepasar el límite de venta permitido

Jiménez calificó este hecho como “alarmante” y por ello activaron los procesos administrativos y penales.

La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) evidenció en una inspección que en la estación de servicio “Volcán” se sobrepasó el carguío de combustibles permitido por ley, por lo que procedió a precintar los dispensadores de combustible.

“La ANH trabaja cuidando cada litro de combustible que debe llegar a los bolivianos, porque es un combustible subvencionado por el Gobierno, y debemos cuidar que no sea mal manejado ni empleado para el contrabando u otros fines ilícitos”, aseguró el director ejecutivo de la ANH, Germán Jiménez.

Funcionarios de la institución estatal reguladora de hidrocarburos detectaron que la estación de servicio vendió 12.000 litros de combustible, cuando solo está permitido vender 5.000.

Tras esta denuncia, los efectivos de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen y la Fiscalía precintaron los dispensadores.

Además, se verificó que la hoja de ruta y de compra local de la cisterna, no cumplía con las exigencias y volúmenes correspondientes.

Jiménez calificó este hecho como “alarmante” y por ello activaron los procesos administrativos y penales.

“Nosotros, cuando evidenciamos estos hechos los remitimos directamente a la Fiscalía para que se tome las acciones correspondientes (…) este es un tema penal, ya es un proceso abierto, nosotros vamos a hacer un seguimiento estricto”, aseveró la autoridad.

En ese sentido, exhortó a las estaciones de servicio a nivel nacional que cumplan con la norma y que no incurran en hechos irregulares que afectarían a la población porque se genera una sobredemanda y especulación.

“Queremos llamar a aquellas 600 estaciones de servicio cumplan, el Estado cumple con la subvención, tanto con el flete del transporte y tienen la comisión a la hora de la comercialización no es necesario que se lleguen a estos hechos”, dijo.

Según el artículo 226 bis del Código Penal la comercialización, transporte o almacenaje de combustibles sin autorización será sancionado con la privación de libertad entre los tres a seis años.