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sábado, 23 de noviembre de 2024
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Aclaran que ley contra legitimación de ganancias ilícitas no afecta la libertad de expresión ni la labor periodística

Señaló que esa ley fue elaborada con base en principios éticos, morales, mediante los cuales se garantizan el bienestar, el desarrollo, la seguridad, la protección y la dignidad de las personas, en el marco de la CPE.

La viceministra de Pensiones y Servicios Financieros, Ivette Espinoza, aclaró este lunes que la Ley «Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas y Financiamiento del Terrorismo», cuyo proyecto está en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), no contiene disposiciones que afecten la libertad de expresión ni la labor periodística.

En rueda de prensa, explicó que la Asociación de Periodistas solicitó incluir en el artículo 11 de esa ley, una previsión que permita mantener el secreto de imprenta reconocido en el artículo 107 de la Constitución Política del Estado (CPE).    

«Al respecto, es importante señalar, nuevamente, que la ley que se ha aprobado en grande y en detalle en la Cámara de Diputados, no vulnera la Constitución Política del Estado ni contiene disposiciones que afecten la libertad de expresión, la labor periodística ni incurre en censura», dijo.

Señaló que esa ley fue elaborada con base en principios éticos, morales, mediante los cuales se garantizan el bienestar, el desarrollo, la seguridad, la protección y la dignidad de las personas, en el marco de la CPE.

«Esta ley tiene como objetivo establecer un sistema normativo para proteger a la sociedad de los delincuentes y organizaciones criminales en el marco de lo que está dispuesto en el artículo 3 de la Constitución Política del Estado», remarcó.

Enfatizó que el artículo 11 de ese proyecto de ley es aplicable sólo a los «sujetos obligados», que son los bancos, las cooperativas de ahorro y crédito, las entidades financieras de vivienda, los almacenes generales, las casas de cambio, las remesadoras de dinero, las compañías de seguro, las agencias de bolsa, las sociedades administradoras de fondos de inversión, los notarios de fe pública, los juegos de azar y casino, entre otras. 

«En ese sentido, el ámbito de aplicación es exclusivamente a estas entidades y empresas (…), cuyo alcance no incluye a los periodistas y medios de comunicación», reiteró la titular de Pensiones y Servicios Financieros.