De acuerdo con la declaración del encuentro, organizado ayer lunes por el Órgano Electoral Plurinacional, las normas deben entrar en vigor antes de la convocatoria a las elecciones generales, previsto para los primeros días de abril.
El TSE elaborará el proyecto de ley para garantizar la vigencia plena del principio de preclusión, para que no suceda lo que pasó con las elecciones judiciales, cuando se vulneró ese precepto y los comicios terminaron siendo parciales.
“A los fines de garantizar la vigencia plena del principio de preclusión, la Asamblea Legislativa Plurinacional deberá aprobar, hasta antes de la emisión de la convocatoria a las elecciones nacionales, el proyecto de ley elaborado por el Tribunal Supremo Electoral en sus dos últimos artículos en lo referido a su no subordinación a ningún otro órgano del Estado, especialmente en cuanto a plazos, habilitaciones e inhabilitaciones, escrutinio, cómputo y publicación de resultados”, refiere el punto 2 de las 15 acuerdos de la declaración leída por el presidente del TSE, Oscar Hassenteufel.
Y para garantizar los recursos económicos de organización de las elecciones, en el punto 4 de la declaración se “exhorta al Órgano Legislativo a la aprobación” del crédito de préstamo número BV-C3 con la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA).
Se trata de un crédito de reposición por $us 100 millones que fue suscrito el 30 de marzo de 2023, y remitido a la Asamblea el 5 de abril de 2023. El proyecto de ley fue aprobado en la Cámara de Diputados el 1 de marzo de 2024, sin embargo, permanece estancado en la Cámara de Senadores por observaciones que hicieron parlamentarios a fines a Evo Morales y a la oposición política.
JICA explicó que el proyecto de ley tiene como objetivo apoyar la continuidad y expansión de los servicios públicos en el sector de Salud, así como mejorar los sistemas destinados a proteger a los grupos vulnerables.
En el marco del encuentro, también se instó a la Asamblea Legislativa Plurinacional a considerar y aprobar los proyectos remitidos por el TSE sobre la paridad y alternancia en binomios de candidaturas presidenciales y la referida al debate público obligatorio para las candidaturas del binomio presidencial, ambas hasta antes de la convocatoria a las elecciones nacionales 2025.
De igual manera se solicitó a la “Asamblea Legislativa Plurinacional la modificación de la Ley 044, incluyendo en sus disposiciones a los vocales del Tribunal Supremo Electoral hasta antes de la convocatoria a las elecciones nacionales 2025”.
Con esta modificación, los vocales del TSE serán sometidos de darse el caso a un proceso en la Asamblea Legislativa, salvo que se identifique responsabilidad penal, en cuyo caso será de conocimiento de la justicia ordinaria. Precisamente, la Ley 044 establece las bases para el juzgamiento de altas autoridades del Estado en un juicio en la Asamblea Legislativa Plurinacional. Están incluidos en la actualidad la presidenta o presidente, la vicepresidenta o vicepresidente, altas autoridades del Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura, Tribunal Constitucional Plurinacional y del Ministerio Público.