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jueves, 21 de noviembre de 2024
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Asamblea debe aprobar con dos tercios la lista de los 96 candidatos al Judicial y al TCP

Con el apoyo de dos tercios de los votos de los asambleístas presentes, la Asamblea Legislativa Plurinacional debe preseleccionar a 96 candidatos al Órgano Judicial y al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en la sesión convocada para el jueves 1 de agosto.

En los casos del Consejo de la Magistratura, del Tribunal Agroambiental y del Tribunal Supremo de Justicia, las comisiones mixtas lograron completar las nóminas “respetando el criterio de paridad y autoidentificación indígena”.

Sin embargo, en lo que respecta al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) no se logró completar las nóminas con presencia de mujeres y autoidentificación indígena en los departamentos de Beni, Santa Cruz, Cochabamba, Pando y Potosí.

En ese sentido, la Comisión Mixta de Constitución sugiere en su informe “declarar desierta la preselección de candidatos (en estos departamentos), siendo que no se cumple con el número mínimo de postulantes, ni con los requisitos exigidos con respecto a equidad de género e inclusión social de indígena originario campesino”.

De acuerdo con el informe de la Comisión Mixta de Justicia Plural, para el Consejo de la Magistratura se preseleccionaron a 20 candidatos: 10 varones (3 con autoidentificación) y 10 mujeres (1 con autoidentificación).

De esa nómina, el pleno de la Asamblea debe preseleccionar “hasta diez (10) postulantes, garantizando que el cincuenta por ciento (50%) de las personas preseleccionadas sean mujeres y la inclusión de postulantes de origen indígena originario campesino”, refiere la Ley 929 de modificaciones Ley de modificación a las leyes N° 025 del Órgano Judicial, N° 027 del Tribunal Constitucional Plurinacional y N° 026 del Régimen Electoral.

Para el Tribunal Agroambiental, la Comisión Mixta de Justicia preseleccionó a 14 candidatos: 7 mujeres (2 con autoidentificación indígena) y 7 varones (5 con autoidentificación).

Por mandato de la Ley 929, la Asamblea Legislativa Plurinacional debe preseleccionar “a catorce (14) postulantes, garantizando que el cincuenta por ciento (50%) de las personas preseleccionadas sean mujeres y la inclusión de postulantes de origen indígena originario campesino”.

Considerando los mínimos requeridos, la lista de preseleccionados emitida por la Comisión sería ratificada por el pleno de la Asamblea.

Algo distintos sucederá con el Tribunal Supremo de Justicia. La Comisión Mixta de Constitución preseleccionó a 69 candidatos: 35 varones (8 con autoidentificación) y 34 mujeres (3 con autoidentificación).

La ley dispone que la Asamblea Legislativa debe preseleccionar “hasta cuatro (4) postulantes para cada departamento en dos listas separadas de mujeres y hombres” y en esto se debe garantizar que el 50% de las personas preseleccionadas sean mujeres y la presencia de al menos una persona de origen indígena originario campesino en cada lista.

Si bien en cada región se tiene presencia paritaria de hombres y mujeres, en los departamentos de Cochabamba y Pando no se cuenta con postulante con autoidentificación indígena.

La Asamblea deberá definir qué camino seguir, al igual que en el TCP, donde solo en los departamentos de Tarija, Oruro, La Paz y Chuquisaca se lograron completar las listas de preseleccionados, ya que “cumplieron con los requisitos de equidad de género y participación indígena establecidos en la Ley 1549” Transitoria para las Elecciones Judiciales.