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jueves, 4 de julio de 2024
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ASFI fijó niveles máximos de comisiones, tarifas y otros cargos cobrados por entidades financieras

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) estableció niveles máximos de comisiones, tarifas y otros cargos por la prestación de servicios que pueden cobrar las Entidades de Intermediación Financiera, informó la directora del ente, Ivette Espinoza.

Para la emisión de la disposición evaluaron tres tipos de categorías: la primera de servicios masivos, tarjeta de crédito, pago de salarios, retiros en ATM de otras instituciones, reposición de tarjetas de débito, asimismo se consideraron transferencias al exterior, compras por internet, retiros en cajeros automáticos en el exterior y los pagos mediante POS en el exterior; la segunda incluye tarifas gratuitas fijadas por ley, reglamentos o práctica común, y la tercera incluye las tarifas fijadas por el Banco Central de Bolivia (BCB).

Espinoza explicó que de la primera categoría se fijaron tarifas para la emisión y envíos de estados de cuentas de tarjetas de crédito, sin costo alguno, si es enviada de forma electrónica o si son recogidas de forma física por el cliente en el Punto de Atención Financiero, solo se cobrará el costo del envío, si este estado se manda por courrier.

Con relación al mantenimiento de las tarjetas de crédito, ASFI fijó una tarifa de Bs 25 si el límite de cobertura de la tarjeta llega hasta Bs 15.000, de Bs 35 si es mayor a Bs 15.000 y menor a Bs 30.000, y de Bs 50 si es mayor a Bs 30.000 y menor a Bs 60.000, mientras que el costo del mantenimiento de las tarjetas con límites mayores a Bs 60.000 será determinado por la Entidad Financiera.

Para las tarifas máximas por el pago de salarios, Espinoza puntualizó que si son cancelados mediante banca por Internet no tiene costo alguno para las empresas, si el pago se realiza mediante abono automático tiene una tarifa de Bs 2,5 por el pago de 2 a 10 empleados, de Bs 5 por el pago de 11 a 100 empleados y en el caso de que la empresa cuente con más de 100 empleados, la tarifa será determinada por la Entidad Financiera.

Así también, se fijó una tarifa única de Bs 10 por el retiro de efectivo en cajeros automáticos de otra entidad financiera y de Bs 50 para la reposición de tarjetas de débito, esto dentro el territorio nacional.

Además, para las transferencias al exterior se fijaron tarifas diferenciadas, una cuando el consumidor entrega dólares o tiene una cuenta en esa moneda, si el monto transferido es hasta $us 1.000 tendrá una tarifa gratuita y si el monto es mayor a $us 1.000 tendrá una tarifa del 3%. En el caso de que el consumidor financiero no entregue dólares y transfiera hasta $us 1.000 la tarifa será gratuita, mientras que para montos superiores a los $us 1.000 la tarifa será determinada por la Entidad Financiera.

En cuanto a la categoría dos, que se mantienen las tarifas gratuitas por emisión de tarjeta de débito inicial, para cada cuenta que se apertura, mientras para la renovación de tarjeta de débito por vencimiento, reposición de tarjeta de débito (causas atribuibles a la entidad), por la devolución de tarjeta retenida en ATM propio de la Entidad Financiera, por el bloqueo de tarjeta de débito, por un Token digital, por la emisión de extracto de cuenta gestión actual (primera vez o adicional) y por la emisión de extracto de cuenta de gestiones anteriores desde el 2014 (primera vez o adicional).

En la categoría tres, las tarifas fijadas por el Banco Central de Bolivia para transferencias mediante ordenes electrónicas de transferencias de fondos, están establecidas y se mantienen.

Finalmente, Espinoza aseguró que la ASFI “garantiza y defiende los derechos e intereses del consumidor financiero, norma y vigila la correcta aplicación de tarifas, comisiones y demás cobros de servicios prestados por las entidades financieras”, por lo que se identificó la necesidad de establecer estas tarifas máximas.

En ese sentido, recomendó a los consumidores financieros que consideren que sus derechos han sido vulnerados realizar el respectivo reclamo en las instancias correspondientes a efectos de que esta Autoridad evalué los casos y apliqué la respectiva sanción, si corresponde.