El vicepresidente del Estado y presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, David Choquehuanca, solicitó al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), a través de un memorial, adelantar la revisión del fallo de la Sala Constitucional Primera de Pando que anuló la preselección de los candidatos y ordenó un nuevo proceso.
Ya que urgiría un pronunciamiento que pueda confirmar o revocar, en todo o en parte, la decisión de la autoridad judicial inferior de Pando.
“Hoy se presentó al Tribunal Constitucional Plurinacional un memorial solicitando el adelanto del sorteo de causa para que una Sala Constitucional resuelva la revisión del fallo de la Sala Constitucional de Cobija, teniendo en cuenta la coyuntura nacional, la trascendencia y la importancia respecto al cumplimiento de las reglas del proceso democrático de elección de altas autoridades jurisdiccionales”, diijo el secretario general de la Vicepresidencia, Juan Carlos Alurralde.
La Sala Constitucional Primera del departamento de Pando anuló el 30 de abril la preselección de los candidatos para las elecciones judiciales, y ordenó una nueva convocatoria, al conceder tutela a la abogada Yeny Dury Bautista en una acción popular que presentó en contra de la Ley 1549 Transitoria para las Elecciones Judiciales 2024 porque -según su denuncia- vulneraba los derechos de las mujeres pertenecientes a los pueblos indígenas, originarios, campesinos al no incorporarlas entre las candidatas de Pando.
Los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán alegaron en su fallo que se vulneró “el derecho a la igualdad tanto de mujeres como de los pueblos indígenas originarios del departamento de Pando”.
Además, dispuso que se deba proceder a realizar “un nuevo proceso de preselección de candidatos de elecciones judiciales, basado en la realidad de este departamento de Pando, dictándose las medidas afirmativas adecuadas y flexibles para los habitantes del departamento de Pando, como las mujeres de este departamento”.
El proceso de preselección de los candidatos judiciales estaba en su última fase de exámenes orales. Y fue paralizado el 16 de abril, como efecto de una medida cautelar que dispuso la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz al admitir un amparo presentado por la aspirante ‘inhabilitada’ al Consejo de la Magistratura Margarita Medrano.
Según Alurralde, por procedimiento, la “resolución emitida por la autoridad jurisdiccional debe ser enviada en revisión al Tribunal Constitucional Plurinacional, instancia que puede confirmar o revocar, en todo o en parte, la decisión de la autoridad judicial inferior a través de una Sentencia Constitucional que debe ser emitida previo cumplimiento de un procedimiento”, indica un reporte de la Vicepresidencia del Estado.
Además, en el marco del artículo 284 del Código de Procedimiento Penal, la Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional, «en caso de contar con indicios de la comisión de un hecho delictivo, iniciará las acciones legales en la vía penal”, advirtió.
Al margen de esta acción legal, Alurralde afirmó que desde la Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional existe la predisposición para generar espacios de diálogo y trabajo que contribuyan a la materialización de las elecciones judiciales, en conformidad con el orden institucional establecido en la Constitución Política del Estado.
Por otro lado, se refirió a las notas enviadas por los presidentes de las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia Plural, Miguel Rejas y Roberto Padilla, respectivamente, quienes pidieron que se convoque a una sesión de Asamblea para definir el destino de la preselección de candidatos y de las elecciones judiciales.
Los informes adjuntos a las “notas remitidas a la Vicepresidencia no mencionan la aprobación de ningún instrumento de acción parlamentaria para la consideración y debate en el pleno de la Asamblea” y, además, el informe “tampoco cumplió con ciertas formalidades establecidas en el Reglamento General de la Cámara de Diputados”, aseveró.