La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) concluyó que la reelección indefinida atenta contra la democracia y no está protegida por el Pacto de San José, que es la Convención interamericana de los Derechos Humanos, afirmó este jueves el presidente de esa instancia, Joel Hernández García.
“La Comisión considera que los estados tienen que limitar el número de reelecciones en función de un principio de proporcionalidad. La Comisión aquí reconoce que cada estado establece su sistema político, pero una cosa distinta tiene que ver con las reelecciones indefinidas. Eso va en contra de los principios democráticos establecidos en la Carta Democrática Interamericana y en otros instrumentos interamericanos”, manifestó el representante en entrevista con la red UNITEL.
Hernández participó de las audiencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) donde varios asistentes, entre ellos más de 20 expresidentes, integrantes del Grupo IDEA (Iniciativa Democrática de España y Américas), concluyeron también que la reelección indefinida atenta directamente contra la democracia.
Las audiencias se realizan a propósito de una consulta qué se generó a solicitud del gobierno de Colombia que tiene que ver con el tema de la reelección indefinida en el sistema interamericano de derechos humanos.
La Convención Interamericana, en su artículo 23, establece el derecho a votar y a ser votado; el derecho al sufragio; el derecho además a participar en sufragios efectivos, auténticos periódicos y universales. “La convención establece algunas restricciones a este derecho al voto, por eso no es un derecho absoluto que tienen que ver con cuestiones de edad residencia nacionalidad son aspectos establecidos”, precisó Hernández.
“La conclusión de la Comisión especialmente en ese sentido, de que debe existir una limitación con un número de reelecciones, de lo contrario se está atentando en contra de los principios básicos de la democracia, porque es importante poner un límite a un número de relaciones, porque solamente a través del cambio de alternancia en el poder los gobiernos saliente puede ser sometidos al escrutinio, primero del pueblo en el momento de elegir a los gobernantes y segundo por los órganos fiscalizadores del estado”, precisó.
En criterio de Hernández, también preocupa que una reelección indefinida sea una ventaja para los gobiernos de turno para poder competir y esto merma las condiciones de equidad que tienen a participar los contendientes a cargo público. “Se trata de poner límites a la reelección indefinida cada sistema político. Se puede establecer números de reelecciones dentro del criterio de proporcionalidad hay países que prevén la relación, pero el número de éstas tiene que estar sujetos a criterios de proporcionalidad y necesidad”, apuntó.
La opinión consultiva solicitada por el estado de Colombia es de carácter general, no tiene que ver con ningún país en particular y tiene el propósito de establecer estándares interamericanos para que partir de ellos, los estados miembros realicen sus actos acordes a la convención y a la interpretación de las comisiones. “Lo que sí claro es el convencimiento de la Comisión de que la reelección indefinida no está protegida por la Convención Americana de Derechos Humanos”, puntualizó.