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jueves, 3 de octubre de 2024
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Conozca las 5 causales para excusarse de ejercer como jurado electoral

Los Tribunales Electorales Departamentales (TED) de Pando, Chuquisaca, Tarija y La Paz, recepcionarán de manera presencial y virtual a ciudadanos que desean tramitar sus solicitudes de excusas

Los ciudadanos que mediante un sorteo fueron seleccionados como jurados electorales para la segunda vuelta de las elecciones subnacionales que se realizarán el 11 de abril, tienen hasta este viernes 26 de marzo para presentar sus excusas, eso siempre y cuando cumplan algunas de las causales establecidas en la normativa electoral.


Del 20 al 26 de marzo los Tribunales Electorales Departamentales (TED) de Pando, Chuquisaca, Tarija y La Paz recibirán de manera presencial y virtual a ciudadanos que desean tramitar sus solicitudes de excusa, mismas que deberán ser respaldadas con los documentos solicitados.
Los ciudadanos que deseen realizar el trámite de manera virtual deberán ingresar a la página web https://excusajurados.oep.org.bo/

Las 5 causales son :

  1. ENFERMEDAD

Las personas deben presentar un certificado médico o una baja extendida por el seguro de salud del afiliado.

En caso de ser trabajador independiente, debe presentar un certificado médico expedido en el formulario autorizado por el Ministerio de Salud.

En el área rural, serán válidas las certificaciones expedidas por los profesionales de los centros de salud.

Para ciudadanos con Covid-19, se debe presentar fotocopia de la prueba PCR o de la prueba rápida, con fecha actualizada, emitida por los seguros de salud o laboratorios autorizados por los Sedes.

  1. ESTADO DE GRAVIDEZ O EMBARAZO

En este caso, la persona debe presentar un certificado médico o una fotocopia simple del certificado de atención prenatal.

  1. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO

Se consideran causal de fuerza mayor los desastres naturales. En esa situación, se debe presentar fotocopia simple de publicaciones de prensa o certificaciones emitidas por autoridades públicas.

En situaciones fortuitas, como accidentes, se debe presentar certificado médico.

Por motivo de viaje, se presenta una fotocopia del pasaje, al interior o exterior del país, que justifiquen la ausencia el día de la votación. También se podrá presentar el pasaporte con sello de salida e ingreso u otro documento equivalente.

Cuando se trate de un cambio de destino laboral, se debe presentar un certificado emitido por la autoridad correspondiente o de la jefatura superior.

  1. SER DIRIGENTE O CANDIDATO

En caso que un dirigente de algún partido haya sido sorteado como jurado, debe presentar un certificado emitido por el TSE o el respectivo TED.

Si un candidato fue elegido jurado, tendrá que presentar un certificado emitido por el TSE o el respectivo TED, y/o una fotocopia simple del formulario de registro o publicaciones de prensa.

  1. SERVICIOS INDISPENSABLES

Las personas que el día de la elección prestan servicios públicos o privados indispensables (servicios médicos de emergencia, medios de comunicación, policías, militares) tendrán que presentar un certificado emitido por la entidad contratante o un documento equivalente.

El TSE recordó que la labor de los jurados es una “función obligatoria” y al mismo tiempo “es crucial para la transparencia del proceso electoral”, pues administrarán las mesas de sufragio y llenan las actas de escrutinio, para que luego se proceda al cómputo oficial.

Además, está vigente el “Reglamento de faltas y sanciones” que establece una multa de Bs 637 si el jurado electoral no asiste a cumplir sus funciones, de manera injustificada, o abandonó la mesa de sufragio.