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Diputados sancionan ley para viabilizar las elecciones subnacionales de 2026 y lo envían al Ejecutivo para su promulgación

La sanción se realizó horas antes del plazo fijado por el TSE para garantizar la continuidad del calendario electoral. La norma será remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación y posterior publicación.

En una sesión que se extendió hasta la madrugada de este jueves, la Cámara de Diputados aprobó y sancionó la Ley del Régimen Excepcional y Transitorio para la Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales, que permitirá al Tribunal Supremo Electoral (TSE) convocar oficialmente a los comicios subnacionales previstos para marzo de 2026.

La sanción se realizó horas antes del plazo fijado por el TSE para garantizar la continuidad del calendario electoral. La norma será remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación y posterior publicación.

La sesión comenzó ayer miércoles por la noche, tras el informe de la Comisión de Constitución que respaldó el proyecto enviado por el Senado y rechazó las modificaciones sugeridas por el Comité de Democracia y Sistema Electoral.

En la votación en grande, la ley obtuvo respaldo unánime, mientras que en la discusión en detalle fue aprobada por mayoría, pese a las objeciones de la bancada de Alianza Libre, que planteó ajustes para ampliar los plazos y facilitar la participación de nuevas organizaciones políticas. Las modificaciones no prosperaron.

El presidente de Diputados, Roberto Castro, destacó la celeridad y consenso alcanzado para tratar la primera norma de la nueva legislatura, subrayando que el debate se llevó a cabo en “un clima democrático y constructivo”.

La norma, compuesta por cinco artículos y tres disposiciones finales, establece un marco excepcional para organizar las elecciones en los distintos niveles subnacionales, considerando las diferencias territoriales y normativas entre departamentos, autonomías indígenas y municipios.

En los departamentos sin estatuto autonómico vigente (La Paz, Cochabamba, Chuquisaca, Oruro y Potosí), se define la forma de elección de autoridades y representación departamental.

En Santa Cruz, Pando y Tarija se mantendrá lo establecido en sus estatutos autonómicos.

También se incluyen lineamientos para autonomías indígena originario campesinas que aún no cuentan con estatuto propio.

La norma garantiza, además, los recursos necesarios para que el TSE organice el proceso electoral.

Modificaciones en representación departamental

La ley introduce cambios en la representación legislativa y orgánica en algunos departamentos:

Beni elegirá por primera vez a un vicegobernador o vicegobernadora, figura cuya estructura de funciones será definida posteriormente mediante ley departamental.

Chuquisaca pasará de 21 a 25 asambleístas, incorporando dos escaños indígenas (Qhara Qhara y Yampara) y ampliando la representación de la provincia Oropeza.

Potosí sumará un representante indígena Qhara Qhara y aumentará su total de 32 a 33 asambleístas departamentales.

Excepción en los plazos para registrar alianzas políticas

Uno de los aspectos más discutidos fue la disposición especial que suspende, exclusivamente para este proceso, el plazo de 60 días previo a la convocatoria para registrar alianzas políticas, establecido en el artículo 51 de la Ley 1096.

Con la nueva norma, será el Tribunal Supremo Electoral el encargado de fijar los plazos específicos en el calendario electoral.

Próximo paso: promulgación y convocatoria del TSE

Con la sanción legislativa concluida, solo resta la promulgación presidencial para que el TSE emita la convocatoria oficial a las elecciones subnacionales de 2026. El Órgano Electoral había establecido como fecha límite el 19 de noviembre para la aprobación de la ley, paso que ya fue cumplido por el Legislativo.

(20-11-2025)