El Gobierno nacional determinó ampliar de 1 a 3 años la autorización para que personas naturales o jurídicas privadas realicen la importación de diésel y gasolinas para su comercialización en el mercado interno.
Así lo dispone el decreto supremo 5313 que fue emitido el 15 de enero con el objetivo de “optimizar la comercialización de diésel y gasolinas importadas por parte de personas naturales o jurídicas privadas”.
La norma “fortalece” los decretos 5218 y 5271, el primero que permite la importación de combustibles para consumo propio y el segundo que autoriza de manera excepcional a personas naturales o jurídicas privadas la importación de diésel y gasolina para su comercialización en el mercado interno.
El viceministro de Industrialización, Comercialización, Transporte y Almacenaje de Hidrocarburos, Adams Hurtado, explicó que entre las principales novedades del decreto 5313 están la “ampliación del plazo de vigencia, ya que ahora la vigencia para la importación y comercialización pasa de un año a tres años”, indica un reporte del Ministerio de Hidrocarburos y Energías.
Además, simplifica los requisitos pues ya no es necesaria la homologación del certificado de calidad de los combustibles por parte del Instituto Boliviano de Normalización y Calidad (Ibnorca), siendo suficiente su presentación ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), y las certificaciones de calibración podrán realizarlas otras instituciones y no sólo el Instituto Boliviano de Metrología (Ibmetro).
“Esta norma busca que, tanto el importador como el comprador de combustible, puedan realizar sus gestiones de manera sencilla y rápida. Con estas medidas, fortalecemos el acceso a combustibles para los sectores productivos y consumidores en general”, dijo.
En tanto, de acuerdo con Hurtado, hasta la fecha 36 empresas lograron la autorización para importar más de 25 millones de litros de diésel.