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sábado, 28 de septiembre de 2024
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Gobierno aplicará cada año el horario de invierno en la jornada laboral

El Gobierno nacional informó este miércoles que decidió que cada año se dispondrá el horario de invierno en la jornada laboral, “para precautelar la salud de los trabajadores y prevenir enfermedades estacionales respiratorias”.

Así lo establece el Decreto Supremo 5168 que modifica el Decreto Supremo 4971 de junio de 2023 que, precisamente, puso en vigor el horario de invierno en la jornada laboral en el sector público y privado.

“Con la finalidad de precautelar la salud y bienestar de las servidoras y los servidores públicos y de las trabajadoras y los trabajadores, compatibilizando la jornada laboral con la vida familiar, el presente Decreto Supremo tiene por objeto realizar modificaciones al Decreto Supremo Nº 4971, de 28 de junio de 2023”, indica la norma publicada en la Gaceta Oficial del Estado.

El decreto modifica el parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo 4971, de 28 de junio de 2023, y establece que la “la aplicación del horario de invierno en la jornada laboral será dispuesta anualmente por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; pudiendo ser determinado en horario continuo o discontinuo”.

La aplicación del horario de invierno “será dispuesta a través de instructivos emitidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, los que deberán considerar los informes emitidos por el Ministerio de Salud y Deportes y el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (Senamhi)”.

Además, se establece, de manera adicional, que “el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social anualmente establecerá el inicio y finalización del horario de invierno y los horarios de la jornada de trabajo en horario continuo o discontinuo a través de instructivos, con base a los informes emitidos por el Ministerio de Salud y Deportes y el Senamhi.»