Con la aprobación del Decreto Supremo N°4775, las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) podrán reprogramar los créditos de los prestatarios afectados por el incendio en el «Mercado Mutualista» de Santa Cruz de la Sierra el 31 de julio, informó la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
El decreto, emitido el viernes por el presidente Luis Arce, establece que la ASFI será la encargada de hacer cumplir esta disposición legal en el marco de sus funciones y atribuciones conferidas por la Ley Nº 393 de Servicios Financieros.
Según la norma, las EIF, a solicitud de los prestatarios afectados por este siniestro y en función a su situación económica y capacidad de pago, “deben acordar la reprogramación de sus operaciones de crédito, considerando en el proceso de análisis, la incorporación de periodos de gracia, entre otras medidas”.
Las EIF, en un plazo de diez días, después de publicado el decreto, deben contar con un registro de los prestatarios afectados por el siniestro que mantengan deudas.
Esta norma fue aprobada en el marco de la Ley de Servicios Financieros, que dispone que el Estado en el ejercicio de sus competencias definirá y ejecutará políticas financieras destinadas a orientar y promover el funcionamiento del sistema financiero, en apoyo a las actividades productivas y al crecimiento de la economía nacional con equidad social, promoviendo la inclusión financiera y preservando la estabilidad del sistema financiero.
Tras el siniestro ocurrido en el mercado mutualista, Arce se solidarizó con los gremialistas y se comprometió a reconstruir el centro de abasto.