Gobierno establece periodo de gracia para créditos diferidos que accedan a refinanciamiento o reprogramación

El Decreto Supremo 4409, se promulgó el 2 de diciembre de 2020 con el objeto de establecer que las entidades de intermediación financiera realicen el refinanciamiento y/o reprogramación

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El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), determinó este lunes incorporar en la reglamentación del Decreto 4409 la posibilidad de que el Sistema Financiero otorgue periodos de gracia para los créditos diferidos que accedan a refinanciamiento o reprogramación.

El Decreto Supremo 4409, se promulgó el 2 de diciembre de 2020 con el objeto de establecer que las entidades de intermediación financiera realicen el refinanciamiento y/o reprogramación de las operaciones de crédito, cuyas cuotas fueron diferidas por la pandemia del COVID-19.

Según un boletín de prensa, para ese fin la ASFI debe emitir una resolución correspondiente hasta el martes.

Esa decisión fue tomada durante una reunión que sostuvieron autoridades de ambas carteras de Estado y los titulares de la ASFI y de la Aduana Nacional; Reynaldo Yujra y Karina Serrudo, respectivamente, con dirigentes de la Confederación Nacional de Micro y Pequeños Empresarios (Conamype).

En ese encuentro, se socializó a los dirigentes de Conamype de todo el país las ventajas que representa la otorgación de periodos de gracia para la cartera diferida, medida adicional a las establecidas en el Decreto Supremo 4409.

En la reunión se trataron también temas referidos a la reglamentación del Decreto Supremo 4424 que crea dos fideicomisos para la reactivación y desarrollo de la industria nacional; además del contrabando, principalmente de ropa usada, que afectó duramente a los pequeños y microempresarios.