InicioActualidadGobierno promulgó la Ley de Diferimiento de Créditos, pese a las advertencias...

Gobierno promulgó la Ley de Diferimiento de Créditos, pese a las advertencias de la banca privada

La Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), Asofin y Finrural emitieron un comunicado conjunto el 31 de octubre advirtiendo que la medida tendrá consecuencias sistémicas.

El Gobierno de Luis Arce promulgó este miércoles la Ley 1670, conocida como la «Ley de Diferimiento de Créditos», cerrando formalmente la gestión 2020–2025. La normativa permite a 1,4 millones de prestatarios optar por una suspensión de hasta seis meses en el pago de sus créditos, además de paralizar temporalmente embargos y ejecuciones judiciales vinculadas a deudas de vivienda de interés social y a unidades económicas micro y pequeñas.

La promulgación, largamente solicitada por movimientos sociales, transportistas y microempresarios, se produce en medio de una fuerte oposición de las principales asociaciones financieras del país.

La Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), Asofin y Finrural emitieron un comunicado conjunto el 31 de octubre advirtiendo que la medida tendrá consecuencias sistémicas.

Las entidades financieras señalaron que un diferimiento «generalizado y automático» como el aprobado alterará el flujo de recursos del sistema financiero y generará una «reducción significativa de la liquidez». Esto, según los bancos, conlleva el riesgo de que las entidades se vean obligadas a reducir drásticamente la otorgación de nuevos créditos a familias y empresas.

Las asociaciones habían solicitado que cualquier alivio financiero fuera focalizado y respaldado por mecanismos compensatorios para proteger la estabilidad del sistema.

La Ley 1670, con nombre oficial «Excepcional de Suspensión Temporal de Embargos y Ejecución de Sentencias de Procesos Judiciales por Créditos…», tiene un impacto potencial sobre 1.400.000 prestatarios, cifra que explica la tensión entre la expectativa social y la preocupación de la banca.

Ahora, los bancos deberán establecer los mecanismos para la habilitación de los prestatarios que cumplan las condiciones, y la Autoridad del Sistema Financiero (ASFI) deberá publicar el reglamento correspondiente para la aplicación de la norma.