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domingo, 7 de julio de 2024
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Impuestos aclara que contribuyentes del régimen simplificado no emiten factura y rechaza movilizaciones

En ese contexto, cuestionó la marcha anunciada por gremiales y aseguró que existen otros intereses en la medida.

El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales, Mario Cazón, aclaró este viernes que los contribuyentes del Régimen Tributario Simplificado no emiten factura y que tampoco están incluidos en ninguna modalidad de facturación en línea.

La autoridad hizo la aclaración ante la marcha anunciada por gremiales de La Paz y Cochabamba para el lunes 28 de agosto, en rechazo a la facturación electrónica.

“Las personas que se encuentran dentro del Régimen Tributario Simplificado, como son los comerciantes minoristas, artesanos y vivanderos, no emiten factura de ningún tipo. ¿Qué obligación tendrían de implementar un sistema de facturación en línea?, no tienen obligación, porque no emiten factura», dijo la autoridad en conferencia de prensa.

Y señaló que las tres nuevas modalidades de Facturación en Línea (Electrónica en Línea, Computarizada en Línea y Portal Web en Línea) solo son para contribuyentes clasificados en el Régimen General.

Entre tanto, los gremiales, artesanos y vivanderos registrados en el Régimen Simplificado mantienen su actual condición tributaria, sin ninguna variación y según dispone la normativa del sector.

“Aquellas caseritas, por ejemplo, que tienen un capital de hasta 12.000 bolivianos no necesitan inscribirse al Régimen Simplificado, no tienen necesidad, así lo dice la normativa; por tanto, Impuestos Nacionales no puede exigir a nadie que se inscriba porque su capital está hasta un monto de 12.000 bolivianos y hace su actividad. Hay otros vivanderos que tienen un capital de 12.001 hasta los 60.000 bolivianos, estas caseritas sí se inscriben al Régimen Simplificado, y el Régimen Simplificado no emite factura, no tienen la obligación de hacerlo”, añadió Cazón.

En ese contexto, cuestionó la marcha anunciada por gremiales y aseguró que existen otros intereses en la medida.

El Régimen Tributario Simplificado fue instituido mediante el Decreto Supremo 24484, de 29 de enero de 1997, para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los pequeños contribuyentes en las actividades de comercio minorista, artesanía y vivanderos, de acuerdo con su capacidad económica.