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domingo, 7 de julio de 2024
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Justicia dispone que Áñez sea juzgada por la vía ordinaria

La base central de la acusación en contra de Áñez, es la emisión del Decreto Supremo 4078 del 15 de noviembre de 2019.

El Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto definió que la expresidenta Jeanine Áñez será juzgada por la vía ordinaria y no en un juicio de responsabilidades, por la “masacre de Senkata” de noviembre de 2019.

Familiares de las víctimas habrían planteado la demanda penal en contra de Áñez por la muerte de 10 personas y decenas de heridos por “impactos de bala” durante una intervención policial-militar.

El juez Marco Amaru presidió la audiencia virtual de este martes y rechazó que el caso sea tramitado en la Asamblea Legislativa Plurinacional como juicio de responsabilidades, como exige la defensa de la expresidente.

El ministro de Justicia, Iván Lima, explicó el 19 de enero que, “ante el bloqueo de la oposición”, se solicitó a la Cámara de Senadores que los antecedentes de la proposición acusatoria planteada contra Áñez para un juicio de responsabilidades en el Legislativo sean devueltos al Tribunal Supremo de Justicia.

La solicitud fue aceptada y los documentos fueron devueltos el año pasado, por lo que ahora la única alternativa para dar justicia a las víctimas es en la vía judicial, dijo Lima.

De acuerdo a una investigación preliminar, el 19 de noviembre de 2019, agentes de la Policía y de las Fuerzas Armadas reprimieron a la población civil de El Alto “registrándose un saldo de 31 personas heridas cuyas lesiones son compatibles con proyectil de arma de fuego, lesiones por elemento contuso perforante; así como 10 personas fallecidas a causa de impacto por proyectil de arma de fuego, de los cuales se identifica 2 fallecidos por calibre 9 mm, 1 fallecido por calibre 5.56 y 4 fallecidos por calibre 22; los restantes 3 cadáveres presentaron orificios de entrada y de salida”.

La base central de la acusación en contra de Áñez, es la emisión del Decreto Supremo 4078 del 15 de noviembre de 2019, que eximió de responsabilidad penal a personal militar y policial por sus intervenciones en Senkata y Sacaba.