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domingo, 7 de julio de 2024
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Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura plantea el cierre de la cárcel de San Pedro

Asimismo, hace un llamado a evaluar el abuso de la figura de la detención preventiva, la cual es una de las causas del hacinamiento carcelario que afecta al régimen penitenciario del país.

Cerrar la cárcel de San Pedro, emplazada en pleno centro de La Paz, e iniciar la construcción de un nuevo centro carcelario “acorde a las necesidades de la población privada de libertad”, es una de las 30 recomendaciones que presentó el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura tras su informe anual.         

La Defensoría del Pueblo, como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, presentó el primer informe anual, en el cual emite 30 recomendaciones al Estado “para precautelar el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por el país en cuanto a las personas privadas de libertad”.

Con el objetivo de aplicar de manera óptima las políticas carcelarias, las recomendaciones buscan mejorar la administración de justicia, trabajar en políticas de reinserción social y también en crear mejores condiciones en los centros penitenciarios.

Según la institución defensorial, este informe contiene los resultados de las primeras 273 visitas realizadas por el Mecanismo a diferentes centros penitenciarios, centros de reintegración social, celdas policiales, centros de acogimiento para niñas, niños y adolescentes, hospitales psiquiátricos y centros de formación militar, donde se evidenció la situación de las personas que viven en privación de libertad o bajo custodia del Estado.

La Defensoría del Pueblo, tras las visitas y relevamiento de información, emitió las recomendaciones que pretenden “impulsar soluciones a problemas estructurales y atender necesidades urgentes”.

Asimismo, hace un llamado a evaluar el abuso de la figura de la detención preventiva, la cual es una de las causas del hacinamiento carcelario que afecta al régimen penitenciario del país.

Bolivia ratificó la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes a través de la Ley 1939 de 10 de febrero de 1999, y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, a través de la Ley 3298 de 12 de diciembre de 2005.

“A través de estos tratados nuestro país está obligado a contar con una instancia independiente que examine periódicamente el trato y las condiciones de vida de las personas privadas de libertad o en custodia del Estado”, remarcó la Defensoría.

Estas recomendaciones están dirigidas a instancias gubernamentales como: el Ministerio de Gobierno, Dirección General de Régimen Penitenciario, direcciones departamentales de Régimen Penitenciario, Ministerio de Salud y Deportes, Tribunal Supremo de Justicia, Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, Consejo de la Magistratura, Ministerio de Defensa y Comando General de la Policía Boliviana.