13.7 C
La Paz
viernes, 22 de noviembre de 2024
InicioActualidad¿Qué dice la ley de alquileres vigente desde el 29 de octubre?

¿Qué dice la ley de alquileres vigente desde el 29 de octubre?

La norma establece descuentos para el inquilino y condonaciones para el propietario. Las medidas rigen hasta tres meses después de concluir la cuarentena.

Luego de causar polémica y desacuerdos entre los legisladores del Movimiento Al Socialismo (MAS) y el Gobierno transitorio, la Ley Excepcional de Arrendamientos (alquileres) fue publicada el jueves 29 de octubre en la Gaceta Oficial, el último paso para su aplicación en todo el territorio nacional. T-Informas le detalla sus disposiciones:

•             Se reduce en 50% el costo de alquiler si a la vigencia de esta ley (hasta el 29 de octubre) no se hubiera conseguido un acuerdo entre inquilino y propietario.

•             Los descuentos aplican a alquileres de bienes inmuebles destinados a vivienda, comercio, prestación de servicios e industria.

•             Se fija la condonación del pago del Impuesto Mensual del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) del bien inmueble, hasta el levantamiento de la cuarentena en sus distintas modalidades.

•             Los propietarios que reduzcan sus alquileres, como mínimo al 50%, accederán a beneficios impositivos otorgados por las alcaldías.

•             Los descuentos y condonaciones aplican a alquileres pactados de manera verbal o escrita, cuando el costo mensual no exceda un máximo de Bs 5.000 para vivienda, Bs 7.000 para tienda, espacio comercial o de servicio, y Bs 15.000 para industria.

•             Se exceptúa de los beneficios a quienes reciben una remuneración mensual fija del ámbito público.

•             Los descuentos y condonaciones de esta ley rigen desde el 17 de marzo de 2020 hasta tres meses después de culminar la cuarentena en sus diferentes modalidades.

•             Durante la cuarentena en sus diferentes modalidades y hasta tres meses posteriores a la misma, el propietario no podrá por ninguna circunstancia desalojar al inquilino del inmueble utilizado para vivienda, comercio, prestación de servicios e industria.

•             Se suspende en todo el país la ejecución de sentencias judiciales cuyo objeto sea el desalojo de inmuebles destinados a vivienda, por la cuarentena y hasta tres meses posteriores, cuando el litigio sea por incumplimiento de pagos.

•             Se congela el costo de arrendamiento de vivienda, comercio, servicios e industria hasta el 31 de diciembre de 2020, no pudiendo incrementarse el monto.