La Cámara de Senadores aprobó este miércoles la Ley de diferimiento de créditos bancarios y suspensión de embargos y remitió el documento al Ejecutivo para su promulgación.
“La Cámara de Senadores sanciona el Proyecto de Ley 547 de 2024-2025 C.D., ‘Ley excepcional de suspensión temporal de embargos y ejecución de sentencias de procesos judiciales por créditos de vivienda de interés social y diferimiento de créditos, otorgados para vivienda de interés social y créditos a las unidades económicas de tamaño micro y pequeña’ y lo remite al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales de promulgación”, informó el ente legislativo a través de sus redes sociales.
La propuesta plantea que, por el plazo de seis meses computables a partir de la publicación de la ley, se suspenden los embargos, remates, desapoderamientos y ejecuciones de sentencias y otras medidas judiciales vinculadas a estos créditos. Además, establece que cualquier actuación contraria es “nula de pleno derecho”.
La norma se aprobó ante las dificultades que tienen las empresas pequeñas y microempresas para cumplir con sus obligaciones crediticias a causa de fenómenos climáticos adversos, conflictos sociales y la situación económica. Con la ley, se busca prevenir la pérdida de viviendas o el cierre de negocios pequeños por deudas no pagadas.





