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jueves, 4 de julio de 2024
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TCP considera que sucesión de Añez no fue constitucional

Según el documento, en la crisis de 2019, no hubo ningún "vacío de poder" por lo que no correspondía una sucesión "ipso facto".

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en un comunicado considera que la proclamación de Jeanine Añez como presidenta del Estado, el 12 de noviembre de 2019, fue inconstitucional y que, por esa razón, no existió vacío de poder.

«El TCP sentenció que la denominada sucesión ipso facto sólo se aplica para la Presidencia del Estado, de acuerdo al artículo 169 de la Constitución Política del Estado (…) debiendo toda renuncia ser tratada y aceptada en el Pleno Camaral, aclarando que este reemplazo temporal no significa que el reemplazante se inviste (adjudica) el cargo de Presidente», cita el comunicado publicado por el TCP.

Mire el comunicado

El razonamiento constitucional emerge de la sentencia promovida por un Recurso Directo de Nulidad interpuesto por la entonces diputada Margarita del Carmen Fernández Claure, contra Susana Rivero Guzmán, por haber emitido el Comunicado S.G. 0010/2019-2020 de 13 de noviembre de 2019 y la Resolución Camaral 062/2019-2020 de 14 de igual mes y año, en ejercicio de la Presidencia de la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa, pese a haber hecho conocer su renuncia vía Twitter; y contra Simón Sergio Choque Siñani, por haber sido elegido como nuevo Presidente de dicha Cámara en esas circunstancias.

Según medios digitales, la misma instancia mediante un comunicado, el 12 de noviembre de 2019, avaló que Jeanine Áñez llegara al poder, reconociéndola como jefa de Estado en el acto de inauguración del año judicial, el 3 de enero de 2020.