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miércoles, 14 de mayo de 2025
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TCP declara inconstitucional la reelección continua o discontinua y Evo Morales queda inhabilitado «de manera permanente

Dicha sentencia establece que ningún ciudadano puede aspirar indefinidamente al cargo de Presidente de Bolivia.

Este miércoles, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió este una resolución que declara que la reelección presidencial, tanto continua, por más de dos mandatos, como discontinua, es inconstitucional, lo que inhabilita «de manera permanente» al expresidente Evo Morales de posibles candidaturas presidenciales.

“La constitucionalidad del Art. 4.I de la Ley de Aplicación Normativa -Ley 381 de 21 de mayo de 2013-, conforme a la interpretación realizada por el presente fallo constitucional, con relación al Art. 168 de la CPE, en sentido de que el Presidente y Vicepresidente están habilitados para una reelección por una sola vez de manera continua; considerando que el término ‘una sola vez’, implica también la limitación de alcanzar a un tercer mandato, sea este de forma continua o discontinua”, señala parte de la resolución.

Dicha sentencia establece que ningún ciudadano puede aspirar indefinidamente al cargo de Presidente de Bolivia, sentando un precedente jurídico y político que afecta a Morales, quien en reiteradas oportunidades manifestó su intención de postularse para las elecciones generales, pese a que ocupó la presidencia entre 2006 y 2019.

El fallo también declara improcedente una acción de inconstitucionalidad abstracta contra varios artículos de la Ley de Aplicación Normativa y de la Ley del Régimen Electoral.

La decisión fue adoptada en las últimas horas en una sesión extendida del TCP, que será publicada oficialmente en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Datos

En 2017, el TCP habilitó a Evo Morales a postularse por tercera vez consecutiva con el argumento de que la reelección indefinida constituía un derecho humano.

Aquella interpretación fue objeto de críticas por parte de organismos internacionales y quedó desautorizada en 2021 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que estableció que la reelección indefinida no está protegida por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En 2023, el TCP asumió formalmente ese criterio y declaró inconstitucional la reelección indefinida. La decisión adoptada ahora refuerza esa línea jurisprudencial y deja fuera de carrera al dirigente cocalero, de cara a las elecciones presidenciales previstas para agosto de 2025 y para futuras elecciones.

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