La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) observó tres preguntas y vetó una del referéndum consultivo propuesto por el presidente Luis Arce.
En cada una de las cuatro preguntas, los vocales pidieron, desde aclaraciones, la reelaboración de las interrogantes e incluso se vetó la cuarta interrogante con el argumento de que el tema de los escaños corresponde a un referendo constitucional y no consultivo, informó el vicepresidente del TSE, Francisco Vargas.
De acuerdo a la norma las preguntas deben cumplir los requisitos de imparcialidad, claridad y precisión.
Las conclusiones del análisis del contenido de las cuatro preguntas es el siguiente:
PREGUNTA 1.
¿Está usted de acuerdo en que la reelección establecida constitucionalmente por una sola vez de manera continua del Presidente y Vicepresidente del Estado sea ampliada para incorporar la reelección de manera discontinua, lo cual implicaría modificar la Constitución Política del Estado?
Sobre esta pregunta, el TSE respondió que sólo cumple el criterio de imparcialidad y no de claridad y precisión.
Además, al constituir la pregunta un supuesto que podría implicar la reforma parcial de la Constitución Política del Estado, se “debe aclarar el texto de la pregunta con la referencia al referéndum constitucional aprobatorio previsto en el parágrafo dos del artículo 411 de la Constitución Política del Estado”.
Sobre las preguntas 2 y 3:
PREGUNTA 2.
¿Está usted de acuerdo con mantener la subvención a la gasolina especial como actualmente se encuentra, pese al gran costo económico que significa para los bolivianos y bolivianas y que al tener un precio mucho más bajo que el internacional se genera contrabando, daño económico al Estado, escasez de dólares y desabastecimiento de combustibles?
PREGUNTA 3.
¿Está usted de acuerdo con mantener la subvención al diésel como actualmente se encuentra, pese al gran costo económico que significa para los bolivianos y bolivianas y que al tener un precio mucho más bajo que el internacional se genera contrabando, daño económico al Estado, escasez de dólares y desabastecimiento de combustibles?
Al respecto, el TSE explicó que ninguna “cumple los criterios de claridad, precisión e imparcialidad”, por lo que sugiere “una nueva redacción tomando en cuenta las observaciones que devienen del análisis técnico de esos tres criterios”.
Sobre la interrogante 4:
PREGUNTA 4.
¿Está usted de acuerdo con modificar el artículo 146 Numeral I de la Constitución Política del Estado para incrementar el número de 130 diputados para que ningún departamento pierda su representación y que los departamentos con mayor población reciban un mayor número de diputados en función al resultado del Censo de Población y Vivienda 2024?
En este caso, el TSE advierte: “Como se encuentra redactada la pregunta no corresponde la realización de un referéndum por iniciativa presidencial, sino un referéndum constitucional aprobatorio convocado por iniciativa popular o a través de la Asamblea Legislativa Constitucional de conformidad a lo previsto en el artículo 411 parágrafo segundo de la Constitución Política del Estado y el artículo 23 de la ley del Régimen Electoral”.