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sábado, 6 de julio de 2024
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ASFI aclara que el decreto 4850 no tiene efecto en operaciones en entidades de intermediación financiera

El objeto de la normativa es adecuar el tratamiento tributario del RC-IVA para las personas naturales que ejercen la profesión u oficio en forma libre o independiente,

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) aclaró este miércoles que el objetivo del Secreto Supremo 4850 es migrar la tributación del Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) de profesionales independientes al RC-IVA, por lo que no tiene efectos en operaciones en entidades de intermediación financiera.

A través de un comunicado, la entidad reguladora afirmó que son falsos e infundados los rumores que circulan en redes sociales en sentido de que el decreto 4850, que reglamenta la Ley 1448, tendría efectos en las operaciones financieras por cobros que realizarían los bancos por transacciones que efectúan clientes y usuarios.

“El Decreto Supremo 4850, que reglamenta la Ley 1448, determina la migración de profesionales independientes que antes tributaban en el IUE y ahora, a partir del 1 de enero de 2023, tributarán en el RC-IVA”, detalla el comunicado.

En ese sentido, la ASFI aclaró que el objeto de la normativa es adecuar el tratamiento tributario del RC-IVA para las personas naturales que ejercen la profesión u oficio en forma libre o independiente, y no está relacionado con una supuesta aplicación de nuevos impuestos a la operativa bancaria y financiera, como maliciosamente se quiere hacer pensar algunos actores políticos.

“No corresponde que los bancos efectúen cobros por la implementación del señalado Decreto Supremo por las transacciones financieras que realizan los consumidores financieros”, se insistió en el comunicado.

La ASFI alertó a la población a no dejarse sorprender por rumores malintencionados, cuyo único propósito es generar confusión y temor en las personas que cotidianamente efectúan operaciones financieras.