El Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia calificó este sábado como injerencia en asuntos internos el pronunciamiento del secretario de Estado, Antony J. Blinken, respecto a supuestos “signos de comportamiento antidemocrático y la politización del sistema legal” en el país, ante la detención preventiva de exautoridades del gobierno transitorio.
Mediante un comunicado, la Cancillería boliviana manifestó su preocupación “porque este tipo de pronunciamientos son una desafortunada muestra de injerencia en asuntos internos”.
“No contribuyen a desarrollar una relación de mutuo respeto entre nuestros Estados, no responde a información objetiva y atentan precisamente contra la institucionalidad que pretenden defender”, se lee en el documento difundido en su página oficial.
Asimismo, el Ministerio de Relaciones Exteriores señala que este tipo de declaraciones transgrede el principio de no injerencia previsto en el Artículo I, numeral 2, del Convenio Marco de Relaciones Bilaterales de Mutuo Respeto y Colaboración suscrito entre los Estados Unidos de América y el Estado Plurinacional de Bolivia, el 7 de noviembre de 2011, que dispone de forma expresa que ambos Estados tienen “El deber de abstenerse de intervenir en asuntos internos de otro Estado”.
En ese marco, la Cancillería boliviana convoca a Estados Unidos a dar cumplimiento a las obligaciones asumidas.
Agrega que el Ministerio de Relaciones Exteriores, en el marco de la cultura del diálogo que caracteriza al pueblo boliviano, reitera toda su predisposición para mantener y fortalecer sus relaciones de amistad con toda la comunidad internacional, con base en el respeto a su soberanía y autoderminación.
Asimismo, ratifica que es de conocimiento de la comunidad internacional que luego de la ruptura del orden constitucional acaecido en noviembre de 2019, con las elecciones generales celebradas el 18 de octubre de 2020, el Estado Plurinacional de Bolivia recuperó la democracia a partir de la asunción al mando del presidente Luis Arce Catacora, el 8 de noviembre de 2020, “reponiéndose la plena vigencia de los derechos y garantías constitucionales y los definidos por el derecho internacional de los derechos humanos”.