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jueves, 21 de noviembre de 2024
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Sala constitucional resuelve que el TSE ordene al MAS convocar a nuevo congreso

Se ordena que se cumpla con el artículo 13 del Estatuto Orgánico del MAS que dispone que la convocatoria al Congreso Nacional Ordinario se emita por la Dirección Nacional del MAS

La Sala Constitucional I de La Paz resolvió este lunes que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) ordene a la Dirección Nacional del Movimiento Al Socialismo (MAS) convocar a un nuevo congreso “en consenso con las organizaciones sociales como manda su estatuto”, informó el abogado Franklin Gutiérrez.

De esta manera concedió en parte la Acción de Amparo presentada por dirigentes de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (Csutcb), de la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia – Bartolina Sisa y de la Confederación Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia (excolonizadores) en contra del TSE.

“La sala constitucional atendió aquello (la Acción de Amparo) y dio un plazo de 24 horas para que el Tribunal Supremo Electoral pueda emitir una nueva resolución ordenando al MAS que, si va a convocar a un nuevo congreso, lo haga con la participación de las tres organizaciones sociales”, informó el jurista en Radio Panamericana.

Se ordena que se cumpla con el artículo 13 del Estatuto Orgánico del MAS que dispone que la convocatoria al Congreso Nacional Ordinario se emita por la Dirección Nacional del MAS “previo consenso con las organizaciones matrices nacionales”, y no se las excluya como sucedió con el congreso de octubre en Lauca Ñ, que fue rechazado por el TSE.

En el congreso realizado el 3 y 4 de octubre Evo Morales fue reelecto presidente de la dirección nacional del MAS y declarado candidato único, en medio de la ausencia de las dirigencias de las organizaciones sociales matrices.

El evento fue supervisado por el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde).

Luego de recibir el informe, la Sala Plena el TSE resolvió “rechazar el registro y las determinaciones” del congreso “en cuanto a la elección de su Dirección Nacional y el Tribunal de Disciplina y Ética Nacional”, mediante la resolución TSE-RSP-ADM N° 0344/2023 del 31 de octubre de 2023.

A la par, dispuso que la dirección nacional liderada por Morales “asuma las acciones pertinentes para realizar un Congreso conforme a las disposiciones legales y las determinaciones del Tribunal Supremo Electoral para la renovación de sus directivas”.

Sin embargo, el delegado del MAS, Diego Jiménez, presentó un Recurso Extraordinario de Revisión para que el TSE revierta su decisión, pero la sala plena declaró improcedente la petición.

Para revertir la decisión, Leonilda Zurita interpuso una Acción de Amparo Constitucional en el Juzgado Público Mixto Civil, Comercial y de Familia N° 1 de lvirgarzama en contra de la Resolución TSE-RSP-JUR 053/2023 de 22 de noviembre, que declaró “improcedente” el recurso extraordinario de revisión presentado por Jiménez de la resolución TSE-RSP-ADM N° 0344/2023 del 31 de octubre de 2023.

Y el 4 de diciembre, la juez de Garantías, Olga Rojas Flores, concedió tutela a Zurita y dispuso que el TSE emita una nueva resolución en reemplazo de la que fue impugnada, la 053, y no la 0344/2023, que rechaza las resoluciones del congreso.

Sin embargo, hasta la fecha el TSE no fue notificado con esta decisión, de acuerdo con el vocal Tahuichi Tahuichi Quispe.

Gutiérrez aclaró que la decisión de la Sala Constitucional I de La Paz no “aborda en nada” la Acción de Amparo Constitucional presentada por Zurita, porque, además, la juez de Garantías no remitió ninguna información ya que se encontraría de vacaciones.

“La Sala no ha conocido las copias del hecho; sin embargo, el objeto del amparo no es el mismo, el caso de lvirgarzama no se ha hecho mención, se hizo mención a la resolución TSE-RSP-ADM N° 0344/2023 del 31 de octubre de 2023 donde se señala que la dirigencia del MAS debe hacer partícipe a las organizaciones sociales”, manifestó.

Por último, Gutiérrez explicó que, por norma, ambos amparos se “acumularán” en el Tribunal Constitucional Plurinacional para su revisión.