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jueves, 4 de julio de 2024
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Sala de La Paz deja en manos del TCP el caso de la anulación de la sigla del MAS por difundir encuestas

El candidato del MAS, Luis Arce, fue entrevistado el 14 de julio en la red Abya Yala, y en esa ocasión comentó sobre una “encuesta interna” en la cual ganaría en primera vuelta con 18 puntos de diferencia con el segundo, Carlos Mesa.

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, rechazó este lunes la acción de cumplimiento con la cual se buscaba que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) inhabilite la personería jurídica del Movimiento Al Socialismo (MAS). Así, el caso está en manos del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

La solicitud fue activada por la senadora Carmen Eva Gonzáles, quién exigió que se elimine la sigla de ese partido político por presentar encuestas fuera de norma.

El abogado del MAS, Wilfredo Chávez, informó que el tribunal determinó que la senadora Gonzáles no contaba con la legitimación para presentar esa acción judicial, además estableció que esa instancia no tiene facultad de decidir este asunto que está en trámite en el Constitucional.

“Claramente el Tribunal de Garantías Constitucionales ha decidido dos cosas; el primero no contaban con legitimación activa la accionante para haber presentado esa acción; la segunda que no podía decidir ni puede decidir un Tribunal de Garantías Constitucionales una asunto que esté en trámite ante el Tribunal Constitucional, por esos dos motivos han denegado absolutamente la acción de cumplimiento invocada. En todo caso, nuestra sigla está garantizada y va seguir el 18 de octubre y vamos a ganar las elecciones”, dijo Chávez.

El candidato del MAS, Luis Arce, fue entrevistado el 14 de julio en la red Abya Yala, y en esa ocasión comentó sobre una “encuesta interna” en la cual ganaría en primera vuelta con 18 puntos de diferencia con el segundo, Carlos Mesa.

El TSE informó que otros tres frentes tienen similares denuncias: Creemos, Comunidad Ciudadana y la extinta Juntos.

El parágrafo tercero del artículo 136 de la Ley 026 establece que «las organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, por cualquier medio, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica; además, serán sancionadas con una multa equivalente al doble del monto resultante de la tarifa más alta inscrita por el medio de difusión en el Órgano Electoral Plurinacional por el tiempo o espacio dedicado a la difusión de tales estudios».

Con el recurso, la senadora Gonzales pidió al tribunal que instruya al TSE hacer cumplir esa disposición, pero de ninguna manera podía fallar sobre la personería jurídica, explicaron analistas.

Vigilia.

Militantes del partido azul se apostaron en las puertas del edificio de justicia para instalar una vigilia.
Más tarde, se registraron enfrentamientos entre grupos de afines al MAS y activistas que pedían la anulación de esa sigla.