SIN capacitó a 472 personas sobre registro y pago del impuesto a las grandes fortunas

El procedimiento de registro en el IGF y la alerta respecto a la multa por incumplir el pago de ese impuesto, que es equivalente al 200% del tributo omitido, de acuerdo con la Ley 1357.

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Oficinas del Impuestos Nacionales de Santa Cruz

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) informó este miércoles que capacitó por Internet a 472 personas sobre el registro y el pago del Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF), con el objetivo de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de ese nuevo tributo en los plazos establecidos por la norma.

De acuerdo con un boletín institucional, la administración tributaria socializó esa información mediante 11 cursos de capacitación virtual, realizados este mes, a través de una plataforma de libre acceso.

En las capacitaciones, el personal técnico del SIN explicó, entre otros temas, sobre el procedimiento de registro en el IGF y la alerta respecto a la multa por incumplir el pago de ese impuesto, que es equivalente al 200% del tributo omitido, de acuerdo con la Ley 1357.

De acuerdo con la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102100000001, las personas naturales, residentes en el país, con una fortuna neta acumulada situada o colocada en el territorio nacional y/o en el exterior mayor de Bs 30 millones, deben pagar el IGF hasta el último día hábil de marzo de cada año.

En tanto que las personas naturales de nacionalidad boliviana o extranjera que no residen en el país, pero que poseen en el territorio nacional una fortuna neta mayor de Bs 30 millones deben pagar el IGF hasta el último día hábil de abril de cada año.

Para registrase en el IGF, el contribuyente debe ingresar a la página web www.impuestos.gob.bo, “Oficina Virtual”, opción “Sistema Integrado de la Administración Tributaria” (SIAT) y después entrar a “Registro Impuesto a las Grandes Fortunas”.

El SIN puso en vigencia el Formulario 330 de Inscripción o Registro en el IGF y el Formulario 022 Impuesto a las Grandes Fortunas-Personas Naturales Residentes y su Boleta de Pago 1022.

Además del Formulario 023 Impuesto a las Grandes Fortunas-Personas Naturales No Residentes y su Boleta de Pago 1023 y los Anexos Complementarios de la Declaración Jurada del IGF.

En el Formulario 330 de Inscripción o Registro el contribuyente debe anotar sus datos personales, número de documento de identidad (Cédula de Identidad, Pasaporte, Carnet de Extranjería, DNI u otros), número de teléfono válido y vigente, correo electrónico, información del cónyuge, padres e hijos, según corresponda.

El registro de un correo electrónico es también importante, porque a través de esa vía la administración tributaria comunicará al contribuyente sobre sus actos administrativos y le proporcionará otra información fiscal pertinente.