8.7 C
La Paz
viernes, 22 de noviembre de 2024
InicioActualidadTCP anula convocatoria y reglamento para la preselección de candidatos a las...

TCP anula convocatoria y reglamento para la preselección de candidatos a las Elecciones Judiciales

El presidente del TCP insistió que con la sentencia de exigir dos tercios de voto se “está promoviendo la participación por dos tercios de voto de todos los asambleístas para garantizar un sistema ampliamente participativo

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró este lunes inconstitucional el reglamento y la convocatoria aprobadas por la Asamblea Legislativa para realizar la preselección de los aspirantes a las Elecciones Judiciales. Y determinó que la próxima ley y todos los pasos legislativo siguientes se aprueben por dos tercios de voto, informó el presidente del control constitucional, Paul Franco,

 “Nos encontramos en un Estado social de derecho donde rige el principio constitucional democrático, y en ese entendido solamente un debate en el que pueda participar mayorías y minorías ha de garantizar un adecuado proceso de preselección que pueda garantizar independencia judicial y que lleguen a ser magistrados de los altos órganos de justicia en nuestro país las mejores personas que puedan postular a este cometido”, dijo.

A partir de la sentencia, una vez aprobada la ley de convocatoria y reglamento de preselección, la Comisión Mixta de Constitución retomará su trabajo para preseleccionar a los candidatos -sobre la base del reglamento- y remitir su informe el plenario de la Asamblea Legislativa Plurinacional para la selección de los candidatos que irán a las elecciones. Todo este proceso deber estar caracterizado por decisiones de dos tercios.

La sentencia fue comunicada este lunes en Sucre, a un día de que se cumpla el plazo de 45 días para emitir el dictamen, lo que acorta los plazos para el nuevo proceso hacia la elección por voto de los nuevos integrantes del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura.

“Se declara la inconstitucionalidad de la R.A.L.P, 007/2022-2023 de 20 de abril de 2023; y en consecuencia, del Reglamento de Preselección de Candidatos y Candidatas para la conformación del TCP, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura y de la Convocatoria Pública emitida para tal efecto, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional, por ser contrarios a los artículos 109.II, 144.II, de la Constitución Política del Estado», cita el punto 1 de la sentencia 60/2023 aprobada por unanimidad.

Por “conexitud” también se declaró inconstitucional la Ley 1513 Transitoria para Garantizar el Proceso de Preselección de Candidatos y Candidatas para la conformación del TCP, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura, del 5 de junio de 2023, que acortaba a 160 días todo el operativo: 60 días para la preselección en el Legislativo y 100 para que el Tribunal Supremo Electoral organice las elecciones.

Estas normas “están expulsadas del ordenamiento jurídico, corresponde ahora, con absoluta responsabilidad y compromiso con el país, a nuestra la Asamblea Legislativa, cumplir las atribuciones que por Constitución tiene, emitir una ley por dos tercios de voto”, explicó Franco.

La acción de inconstitucionalidad abstracta fue presentada por el diputado Leonardo Ayala el 24 de abril. Luego de admitir el recurso, el TCP emitió una medida cautelar paralizando la labor de preselección de candidaturas que está a cargo de la Asamblea Legislativa. El legislador pedía que se apruebe por dos tercios de voto la ley la convocatoria y el reglamento, como todas las fases que hacen al proceso propio de preselección legislativa.

La Asamblea Legislativa Plurinacional está integrada por tres fuerzas políticas: Movimiento Al Socialismo (MAS), Comunidad Ciudadana (CC) y Creemos.

En las elecciones de octubre de 2020, el MAS logró 96 legisladores de 166 – 21 senadores y 75 diputados – con lo que supera la mayoría absoluta, pero no logra los dos tercios de voto, por lo que está obligado a concertar las decisiones con la oposición.

En ese sentido, el presidente del TCP insistió que con la sentencia de exigir dos tercios de voto se “está promoviendo la participación por dos tercios de voto de todos los asambleístas para garantizar un sistema ampliamente participativo con debate constructivo hacia la construcción del sistema de justicia que todos anhelamos”.

Por su parte, el senador del MAS Rubén Gutiérrez señaló que con la decisión del TCP el proceso de preselección vuelve a “fojas cero”, y ahora se tiene que elaborar un nuevo reglamento y convocatoria para encarar todo el proceso en un plazo de 30 días para tener las elecciones en diciembre, como pidió el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

“Necesitamos lograr los dos tercios, es una exigencia constitucional, simplemente faltaría eso, si hay voluntad política de la oposición; ahora sí, nosotros exigimos que ellos puedan garantizar los dos tercios, porque si no se garantiza los dos tercios por la oposición, obviamente, no estaríamos en el camino de viabilizar el proceso de preselección para cumplir el mandato constitucional como Asamblea Legislativa”, dijo.

Para cumplir con ese objetivo, el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) pidió que el Legislativo le entregue hasta el 4 de septiembre la lista de los candidatos judiciales preseleccionados.