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El TSE inhabilitó definitivamente a Jaime Dunn como candidato presidencial por la NGP

Según explicó el vocal del TSE, Gustavo Ávila, el recurso de revisión extraordinaria no puede ser utilizado para subsanar un requisito que un candidato no haya cumplido.

La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) ratificó este martes la inhabilitación del analista financiero, Jaime Dunn de Ávila, como candidato a la presidencia por Nueva Generación Patriótica (NGP); debido al incumplimiento de requisitos.

La decisión habría sido adoptada por los vocales al declarar improcedente el recurso extraordinario de revisión que el equipo legal de NGP presentó el lunes para salvar la postulación de Dunn.

“La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral ha emitido la resolución 116/2025, mediante la cual ha determinado declarar improcedente el recurso extraordinario de revisión interpuesto por el señor Juan José Vargas, delegado político del Partido Político Nueva Generación Patriótica, contra la resolución 107/2025”, explicó el vocal del TSE, Gustavo Ávila, en conferencia de prensa.

En el documento se argumenta que el recurso de revisión extraordinaria procede en un proceso interpuesto a demandas de inhabilitación, lo que no ocurrió en el caso de Dunn porque éste fue inhabilitado debido a que carecía del certificado de solvencia fiscal que acredita que una persona no tiene deudas con el Estado.

Ese documento no fue presentado por Dunn el 25 de junio, cuando inscribió su postulación para sustituir a Fidel Tapia, quien renunció a la candidatura a la presidencia por NGP.

De acuerdo con el vocal Ávila, en esa fecha, el delegado de NGP solo presentó un documento de Dunn donde señalaba que contaba con 18 pliegos de cargo; no obstante, luego de que se le notificó con la resolución de inhabilitación, recién el 4 de julio, los asesores de Dunn solicitaron a la Contraloría General del Estado (CGE) dar de “baja esos registros”.